¿QUÉ ES EL JUICIO DE DESOCUPACIÓN?

Desocupación

Es el procedimiento jurisdiccional a través del cual se solicita la desocupación de un inmueble arrendado por el incumplimiento en el pago de la renta convenida o por el vencimiento del término estipulado en el contrato.

¿Cuándo procede?

Estos son los casos en los que se puede tramitar un juicio de desocupación:

  1. Cuando el contrato de arrendamiento se vence.
  2. Cuando se ha cumplido el plazo para la terminación del arrendamiento por tiempo indefinido. 
  3. Falta de pago de pensiones.
  4. En caso de muerte del usufructuario. 
  5. En caso de muerte del comodatario o cuando así lo solicite el comodante, si no está determinado el uso o plazo del préstamo.

¿Cuánto tiempo se tiene para solicitar un juicio de desocupación?

Una vez terminado el plazo estipulado en el contrato, se tienen 30 días naturales para que surta efectos de oposición del arrendador a la continuación de la ocupación del inmueble por el arrendatario

¿Cuándo procede dictar resolución decretando la desocupación del inmueble?

En cualquier estado del juicio, cuando: 

  1. El inquilino reconozca expresamente la conclusión del contrato de arrendamiento; 2. El arrendador acepte la pretensión del inquilino que reclame la prórroga del contrato y se oponga a que vencida la misma continúe ocupando el inmueble; y
  2. El término establecido en el contrato o la prórroga pretendida, se hayan consumido durante la tramitación del juicio.

El juicio de desocupación es un proceso legal diseñado para proteger los derechos de ambas partes involucradas. Mientras que el arrendador busca recuperar la posesión de su propiedad, el inquilino tiene derechos legales que deben ser respetados. En última instancia, la claridad en los contratos, la notificación adecuada y la consideración de alternativas pueden ser clave para resolver conflictos de manera justa y equitativa. Al comprender el proceso y sus matices, tanto propietarios como inquilinos pueden abordar estos desafíos con un marco legal sólido y buscar soluciones que beneficien a ambas partes.